01 de Junio de 1999
Estado de la Norma: Derogada
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 04 de Junio de 1999
Boletín AFIP Nº 24, Julio de 1999, página 1333
ASUNTO
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias. Artículos 2°, inciso b) y 3°. Nómina de sujetos comprendidos.
GENERALIDADES
VISTO
VISTO el régimen de retención del impuesto al valor agregado establecido en la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias, y
Referencias Normativas:
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en su artículo 3°, esta Administración Federal se encuentra facultada para incorporar y/o excluir agentes de retención en el referido régimen. Que en consecuencia, deben informarse los sujetos que corresponda excluir o, en su caso, incluir en este régimen de retención. Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997.
Referencias Normativas:
Artículo 1:
ARTICULO 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 18, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se detalla a continuación: 1. Elimínase el responsable que se indica seguidamente: "30-53854968-8 CERVECERIA SANTA FE S A I C Y F" 2. Incorpórase el responsable que se indica a continuación: "30-50577985-8 CIA INDUSTRIAL CERVECERA S A"
Modifica a:
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- Lo establecido en el artículo precedente, será de aplicación a partir del día 1 de julio de 1999, inclusive.
Artículo 3:
ARTICULO 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Carlos Alberto Silvani
AFIP - Biblioteca Electrónica
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